¿En qué consiste el despacho de aduana con exención de impuestos para vehículos en España?
¿Qué es el despacho de aduana «preferencial» y el registro de un vehículo propio en España?

El artículo 28 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, establece que un nuevo residente tiene derecho, durante los 12 meses siguientes al inicio de su residencia en España, a traer todos sus bienes muebles sin pagar derechos de aduana ni impuestos, así como los impuestos de matriculación.

Por eso mismo, tiene derecho a importar a España el mismo número de vehículos que poseía antes de su traslado.

Además, el despacho de aduana con exención fiscal permite la importación de vehículos de cualquier marca, modelo, año, clase medioambiental y equipamiento, ¡sin necesidad de pasar por el procedimiento de homologación europea!
En resumen, ¿cuáles son las ventajas del despacho de aduana con exención?
El despacho de aduana «con ventajas» de su propio vehículo en España le permitirá ahorrar entre un 50 % y un 60 % del valor estimado del vehículo.

Concretamente:

• IVA: 21 %
• Derecho de aduana: 10 %
• Homologación europea individual: a partir de 2000 euros
• Impuesto de matriculación: 4,75 %-16,75 %

Por cierto, el valor estimado en España lo determina la Agencia Tributaria y no siempre resulta favorable para el propietario.

Ventajas de la empresa

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Seguridad
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